San Diegans for Healthcare Coverage, A Coalition for Health

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Opciones de Cobertura Actual

El seguro médico es uno de los beneficios más importantes que proporciona una empresa a sus empleados.

La ley “The Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Act” (COBRA) es una Ley Federal que requiere que los planes de seguro médico ofrecidos por empresas ofrezcan la continuación de cobertura para los empleados  que estén inscritos, los que hayan sido empleados e inscritos y sus esposas y sus dependientes, en los casos en los que la cobertura de grupo hubiera tenido que ser cancelada por diversas razones. En  California, hay una ley estatal correspondiente conocida como Cal-COBRA. Bajo la ley federal un empresario debe ofrecer empleo a un mínimo de 20 personas, (cuentan las  de tiempo parcial y de tiempo completo) para poder ofrecer la extensión de cobertura de acuerdo con las normas del programa COBRA.

Panorámica

Panorámica

El programa COBRA le permite al empleado y a su familia retener la cobertura de grupo mediante el pago de las primas de grupo durante un tiempo entre 18 y 36 meses, siempre y cuando la empresa continúe ofreciendo el plan de cobertura de grupo. La prima de un plan COBRA puede ser más alta de lo que el empleado pagaba cuando estaba trabajando, pero en general el costo es menor que lo que cuesta un seguro privado o  plan individual.

El programa COBRA fija las reglas sobre cómo y cuándo ofrecer y continuar esta cobertura, de qué manera los empleados y sus familias pueden elegir la continuación de sus beneficios y que condiciones justifican la terminación del contrato.

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¿El programa COBRA se aplica a todos los planes de seguro ofrecidos por la empresa?

¿El programa COBRA se aplica a todos los planes de seguro ofrecidos por la empresa?

¿El programa COBRA se aplica a todos los planes de seguro ofrecidos por la empresa?

No, el programa COBRA no se aplica a todos los planes ofrecidos por una empresa.

El programa COBRA generalmente se aplica a los planes de cobertura de grupo del sector privado, pagados por una empresa que tenga un mínimo de 20 empleados trabajando un mínimo de 50% de un día típico tomado del año calendario anterior. Los empresarios pueden requerir que los individuos paguen por continuar la cobertura bajo el plan COBRA. Pero el monto de la prima que se cobre no podrá exceder el costo total de la cobertura más un 2% de gastos de administración. 

Ambos tipos de empleados, de tiempo parcial y de tiempo completo son considerados para determinar si en un plan se puede aplicar el programa COBRA. Cada empleado de tiempo parcial cuenta como una fracción del empleado de tiempo completo, la fracción es igual al número de horas que el empleado de tiempo parcial trabajo, dividido entre el número de horas que un empleado tiene que trabajar para ser considerado de tiempo completo.

Un plan de seguro de grupo es cualquier acuerdo que el empresario establezca  o mantenga para proporcionar cuidado médico a sus empleados y a sus familias, sea proporcionado por un seguro médico, por una organización de salud, que sea pagado por el empresario o por cualquier otro medio. El termino “cuidado medico” incluye:

  • Servicio Hospitalario, con estancia o sin estancia en el hospital;
  • Atención medica;
  • Cirugía y otros beneficios más complicados;
  • Medicamentos;
  • Atención dental y de la visión.

Nota: Un seguro de vida no se considera como “cuidado médico”, tampoco se consideran como tal los beneficios en caso de discapacidad, y el plan COBRA no está incluido en planes que proporcionan únicamente seguro de vida y seguro para discapacidad.

La implementación de los requerimientos de un plan COBRA  es responsabilidad directa del administrador del plan. Su plan de salud puede ser administrado por el empresario o por una compañía profesional de administración de beneficios médicos. El nombre del administrador del plan se encuentra generalmente entre los documentos del plan que usted recibe. Vea la siguiente sección para conocer lo que se debe esperar del administrador de un plan.

¿Cuándo se debe ofrecer el plan COBRA?

¿Cuándo se debe ofrecer el plan COBRA?

Generalmente hablando, el plan de continuación de cobertura COBRA se debe ofrecer a los beneficiarios que califiquen inmediatamente después del hecho que provoco que se tenga que recurrir a este plan. Estos eventos incluyen por ejemplo el fallecimiento del empleado, el divorcio o separación legal de un empleado cubierto por el plan, o la terminación de empleo o la reducción del número de horas por cualquier motivo, salvo que sea por faltas de conducta graves. El programa COBRA también se aplica cuando un empleado con cobertura médica resulta beneficiario de Medicare, y cuando el hijo dependiente de este empleado resulta inelegible debido a su edad.  

Los empresarios deben notificar a los administradores del plan dentro de los primeros 30 días de que el empleado haya terminado la relación de trabajo o desde que la reducción de horas de trabajo haya ocasionado  que el empleado pierda sus beneficios. de cobertura médica.

El administrador del plan debe notificar al empleado  de su derecho a elegir la cobertura por medio del programa  COBRA. El plazo para notificar es de 14 días desde que el administrador haya recibido el comunicado de parte del empresario.

Para obtener información más específica, usted puede ir al sitio del Departamento de Administración de Planes de Salud del Estado de California 

¿Cómo se le avisa a los empleados  sobre sus derechos al plan COBRA?

¿Cómo se le avisa a los empleados  sobre sus derechos al plan COBRA?

El administrador del plan le debe proporcionar por escrito a los empleados y a sus familias una explicación de su derecho a seleccionar el programa COBRA. También debe incluir una descripción de las reglas que indican cómo se ofrece el plan, como pueden elegir esta cobertura los beneficiarios que califiquen y cuando se puede terminar la cobertura. Esta es una lista de algunos de los documentos  que se deben mantener  y distribuir a los empleados que estén en un plan COBRA:

  • Un resumen describiendo el plan.
  • El Aviso General de Cobertura por COBRA
  • El evento que motivo calificar para el programa COBRA.
  • El aviso para elegir el programa COBRA
  • Aviso de impedimento de cobertura por un plan COBRA
  • Aviso de terminación prematura del plan COBRA

Para ver una lista más completa y para obtener información más específica, vaya aaqui.

¿Cómo es que los empleados seleccionan el plan COBRA?

¿Cómo es que los empleados seleccionan el plan COBRA? 

Cuando se presenta  una reducción de horas de trabajo, o terminación de empleo, los empleados recibirán un documento que les ofrecerá la opción de elegir el programa COBRA. Este documento les será enviado por el administrador del plan. El empleado y/o sus beneficiarios deberán responder a este documento y seleccionar el plan COBRA antes del día  60 empezando en el momento en que el empleado recibe este documento o desde el día en que haya terminado la cobertura médica, de estas dos fechas, se elige la que  haya ocurrido a lo último.

Cuando suceda otro tipo de eventos que haga que una persona califique para este plan, tales como un divorcio, los empleados deben notificar al administrador del plan dentro de los primeros 60 días en que se presente este evento calificador. El Aviso General de  Cobertura por COBRA  será enviado a los beneficiarios dentro de los primeros 14 días a partir de que el administrador del plan reciba la información por parte del empleado. Los beneficiarios tendrán un plazo de 60 días para decidir si quieren o no quieren el plan de extensión de cobertura a través de COBRA.

Recursos Adicionales 

Recursos Adicionales

Para mayor información, consulte el sitio del Departamento de Administración de Planes de Salud del Estado de California

O del Departamento de Trabajo de los EU


[i] US Department of Labor. (n.d.). Employee benefits security administration publications and reports. Retrieved from http://www.dol.gov/ebsa/publications/